El Ministerio de Salud aprobó la Directiva sanitaria para la atención en los servicios de salud sexual y reproductiva durante la pandemia por la Covid-19 (Directiva N°131-MINSA/2021/DGIESP), con el fin de contribuir a disminuir la morbilidad y mortalidad materna.

La norma establece medidas técnicas, administrativas y procedimientos que garantizan el ejercicio de derechos, la prevención de la violencia, así como la atención integral a las gestantes y usuarios/as de planificación familiar en los servicios de salud reproductiva en el contexto de emergencia sanitaria nacional.

Con relación a las gestantes dispone la atención oportuna del parto y puerperio, con la debida protección de riesgos de contagio del Covid-19. Incluye visitas domiciliarias complementarias a las presenciales especialmente en casos de alto riesgo, señalando el Tamizaje de Violencia basado en género entre las atenciones prenatales presenciales a brindarse en el contexto COVID.

En zonas de difícil acceso a servicios de salud, dispone la implementación de casas maternas para la atención del parto institucional o de complicaciones obstétricas. La creación de estas casas maternas está a cargo de las Direcciones Regionales de Salud en coordinación con los gobiernos locales, quienes son responsables de su sostenibilidad.

En atención a la salud sexual y reproductiva, prioriza el servicio de teleconsulta, telecomunicación y telemonitoreo. Considera la elaboración de un padrón nominal de mujeres en edad fértil que incluye número de teléfono de la usuaria, para la programación de citas y monitoreo correspondiente.

En casos de violación sexual, asegura la continuidad de la atención integral a través del sistema de referencia y contrareferencia, el trabajo en red con los establecimientos involucrados en la atención de estos casos. Igualmente garantiza la entrega de kit de emergencia y la continuidad en la atención de la víctima.

La norma es de aplicación obligatoria en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas y mixtas, Ministerio de Salud, Gobiernos Regionales, Seguro Social de Salud (EsSalud), Sanidad de la Fuerzas Armadas y Sanidad de la Policía Nacional del Perú. Asimismo, es referencia para las IPRESS privadas.

La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública y la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud son responsables de la asistencia técnica para la aplicación de la Directiva y la supervisión de su cumplimiento.

Encuentre aquí la directiva sanitaria

 

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