Sistema Nacional
El Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, es un sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fin de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación. Para tal efecto, coordina, planifica, organiza y ejecuta articuladamente la acción del Estado y promueve la participación ciudadana. Asimismo, coordina con el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente.
Objetivos del Sistema
- Implementar un sistema de atención integral, de calidad, articulado y oportuno que permita la detección de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, el cese de las diversas manifestaciones de violencia, brindar a las víctimas protección efectiva y apoyo necesario para hacer posible su recuperación; y sancionar a las personas agresoras e involucrarlas en procesos de reeducación.
- Desarrollar acciones orientadas a cambiar los patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar; adoptando todas las medidas necesarias para lograr una sociedad igualitaria, garantizando el respeto a la dignidad humana y al derecho a una vida libre de violencia, removiéndose los obstáculos que impiden el ejercicio pleno del derecho a la igualdad.
- Hacer seguimiento y monitoreo de las políticas, planes, programas y acciones multisectoriales orientadas a la prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- Garantizar el cumplimiento de las políticas públicas y planes nacionales en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la participación de las entidades del Estado, a nivel multisectorial, intergubernamental e interinstitucional.
- Promover, coordinar y articular la participación de las diferentes instituciones públicas, sociedad civil organizada, sector privado y medios de comunicación a fin de garantizar la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Principios del Sistema
- Especialización. Brindar atención diferenciada y especializada de acuerdo con las necesidades y circunstancias específicas de las mujeres e integrantes del grupo familiar o de riesgo, como es el caso de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
- Intersectorialidad. Desarrollar acciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma continua, articulando entre las instituciones del Estado y en los tres niveles de gobierno, que conforman el Sistema Nacional para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia hacia las Mujeres e Integrantes del grupo familiar.
- Participación ciudadana. Responsabilidad integral de la sociedad civil, incluidos entre otros, el sector empresarial, asociaciones no gubernamentales, organizaciones sociales, y medios de comunicación, en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- Principio del interés superior de la niña, el niño y adolescente. El interés superior de la niña, niño y adolescente es un derecho, un principio y una norma de procedimiento que otorga al niño el derecho a que se considere de manera primordial su interés superior en todas las medidas que afecten directa o indirectamente a los niños y adolescentes, garantizando sus derechos humanos.
- Principio territorial. Principio que considera al territorio como un conjunto socioeconómico integrado por hombres y mujeres, recursos, conocimientos técnicos, El Principio territorial aporta una visión global y nueva de la zona de intervención que sirve de base para definir un plan de acción local adaptado a la situación de territorio. Este proceso busca el desarrollo para su territorio, en forma concertada con las poblaciones y las autoridades, de nivel local, regional y nacional que ejerzan competencia en el territorio.
1.2 Componentes Integrantes del Sistema
Son componentes del Sistema Nacional las instancias de coordinación interinstitucional en los distintos niveles de gobierno, así como las entidades que los integran:
- Comisión Multisectorial de Alto
- Secretaría Técnica
- Instancia Regional de Concertación
- Instancia Provincial de Concertación
- Instancia Distrital de Concertación
Comisión Multisectorial de Alto Nivel
Es el máximo organismo del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. La Comisión está integrada por la o el titular de los siguientes Ministerios e instituciones:
Secretaria Técnica
La Dirección General Contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, asume la Secretaria Técnica y es el órgano técnico ejecutivo y de coordinación, encargado de proponer a la Comisión las políticas, los planes, programas y proyectos para su aprobación, así como realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel nacional. La Secretaría elabora los lineamientos para el funcionamiento de las instancias regionales, provinciales y distritales encargadas de combatir la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Instancia Regional de Concertación
Los Gobiernos Regionales, mediante una ordenanza, disponen la creación de la Instancia Regional de Concertación. La Gerencia de Desarrollo Social de la Región asume la Secretaría Técnica de esta instancia.
1. El Gobierno Regional, quien lo preside. | 7. La Junta de Fiscales del Ministerio Público. |
2. La Dirección Regional de Educación. | 8. Tres municipalidades de las provincias con mayor número de electores y electoras. |
3. La Dirección de la Oficina Presupuestal de Planificación del Gobierno Regional. | 9. Dos representantes cuya designación la realiza el Programa Nacional Aurora del MIMP. |
4. La Dirección Regional de Salud. | 10. Asociaciones u organismos públicos privados. |
5. La Jefatura Policial de mayor grado que preste servicios en la jurisdicción del Gobierno Regional. | 11. La oficina desconcentrada de Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. |
6. La Corte Superior de Justicia de la jurisdicción. | 12. La Oficina Defensorial de la región. |
Funciones de la Instancia Regional de Concertación.
- Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI) y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos específicos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley.
- Remitir informes periódicos a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel sobre las acciones adoptadas para la implementación de las disposiciones de la Ley, planes programas o proyectos regionales.
- Desarrollar campañas de sensibilización en coordinación con la Comisión Multisectorial de Alto Nivel promoviendo la participación de los medios de comunicación.
- Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y su adecuación si es necesaria al contexto regional.
- Crear el Observatorio de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en el ámbito de su región en concordancia con los lineamientos elaborados para el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar.
- Aprobar su reglamento interno y otras que les atribuya el Comisión Multisectorial de Alto Nivel.
1.3 Instrumentos y mecanismos
Son instrumentos del Sistema Nacional:
- Protocolo base de actuación conjunta
- Registro único de víctimas y
- Observatorio Nacional
- Centro de Altos
El Protocolo base de actuación conjunta
Tiene como objetivo articular intersectorialmente los procedimientos, acciones y servicios vinculados al abordaje de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Ámbitos de actuación del protocolo base de actuación conjunta:
- Ámbito de la prevención, que incluye la acción intersectorial e intergubernamental dirigida a promover en la ciudadanía el cambio de patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales y exacerban la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- Ámbito de la atención integral y protección, que incluye la acción intersectorial e intergubernamental dirigida a promover que las mujeres e integrantes del grupo familiar afectadas y afectados por las diversas formas de violencia accedan efectiva y oportunamente a los servicios de salud, jurídicos y sociales que coadyuven a la protección de su integridad personal y la recuperación de bienestar.
- Ámbito de la sanción a las personas agresoras de las mujeres e integrantes del grupo familiar, que incluye la actuación intersectorial e intergubernamental dirigida a garantizar un proceso judicial célere y diligente que establezca las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar.
- Ámbito de reeducación para las personas agresoras, que incluye la actuación intersectorial e intergubernamental dirigida a garantizar el funcionamiento de servicios de tratamiento que contribuyan a la reinserción social de las personas agresoras.
Los ministerios, así como los gobiernos regionales y locales contribuyen a la implementación del Protocolo Base de Actuación Conjunto en el marco de sus competencias.
Registro único de víctimas y personas agresoras (RUVA)
Es la herramienta para los operadores de justicia y para el sistema de atención y protección. Permite el registro de casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con información confiable, oportuna y útil con precisión en los datos de la víctima y del agresor como: tipificación, causas y consecuencias de la violencia, existencia de denuncias anteriores y otros datos necesarios.
Se encuentra a cargo de una Comisión Coordinadora (RUVA) presidida por MP e integrada por PJ, PNP y MIMP. El registro debe contener la siguiente información:
1. Nombres y apellidos, documento nacional de identidad, sexo, edad, dirección domiciliaria, correo electrónico y teléfonos de la víctima. | 6. Medidas de protección y medidas cautelares dictadas. |
2. Nombres y apellidos, documento nacional de identidad, sexo, edad, dirección domiciliaria, correo electrónico y teléfonos de la persona agresora. | 7. El delito o falta tipificada. |
3. Relación con la víctima. | 8. Fiscalía o juzgado a cargo del caso. |
4. Existencia de denuncias y antecedentes anteriores. | 9. Juzgado que emite la sentencia condenatoria. |
5. Juzgado que dictó las medidas de protección. | 10. Fecha de la sentencia condenatoria. |
El Observatorio Nacional
Es un mecanismo de articulación intersectorial del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, que tiene por finalidad elaborar informes, estudios y propuestas en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, priorizando de forma especial la violencia de las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad: niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, entre otros.
El Observatorio desarrolla un sistema de información permanente que brinda insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Todas las entidades integrantes del sistema proporcionan información estadística y de las acciones desarrolladas en el ámbito de su competencia para el seguimiento a las políticas públicas y los compromisos internacionales asumidos por el Estado en esta materia.
Funciones del Observatorio Nacional
- Recolectar, registrar, procesar, analizar, publicar y difundir información periódica, sistemática y comparable sobre la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, tomando en consideración los sistemas de información que poseen las entidades integrantes.
- Impulsar el desarrollo de estudios e investigaciones sobre la evolución, prevalencia, tipos y modalidades de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, sus consecuencias y efectos, identificando aquellos factores sociales, culturales, económicos y políticos que de alguna manera estén asociados o puedan constituir causa de violencia.
- Celebrar convenios de cooperación con instituciones públicas y privadas, nacionales u organismos internacionales, con la finalidad de articular el desarrollo de estudios e investigaciones.
- Otras funciones que considere su Reglamento.
Composición del Observatorio Nacional:
El Observatorio cuenta con un Consejo Directivo, que es el máximo órgano de dirección y ejecución; integrado por los representantes de alto nivel de las siguientes instituciones:
1. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables quien lo preside. | 5. Poder Judicial. |
2. Ministerio del Interior. | 6. Ministerio Público. |
3. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. | 7. Instituto Nacional de Estadística e Informática. |
4. Ministerio de Salud. |
Centro de Altos Estudios
La Dirección Ejecutiva del Centro de Altos Estudios constituye el órgano de gestión que está a cargo de un Comité Ejecutivo adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Se encuentra presidido por el MIMP y está integrado por representantes de alto nivel de la Academia de la Magistratura, la Escuela del Ministerio Público, el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Tiene como principal función la articulación de esfuerzos del Estado para desarrollar acciones de capacitación, formación y especialización sobre la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en el marco del Sistema Nacional.
Se conforma un Comité Consultivo presidido por el MIMP e integrado por los y las representantes de las universidades y centros de investigación interesados en la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar entre otros.
[1] Resolución N° 002420-2018-MP-FN